Auto Supremo AS/0371/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0371/2015-RRC

Fecha: 12-Jun-2015

Consecuentemente de evidenciarse la presencia de algún defecto de la sentencia como es el error


Consecuentemente de evidenciarse la presencia de algún defecto de la sentencia como es el error en la labor del juzgador en el momento de la adecuación de los hechos al delito de Allanamiento, cuando los elementos del tipo penal no se configuran, el Tribunal de alzada puede dictar nuevo fallo de acuerdo a derecho, emitiendo directamente sentencia sin necesidad de reenvío, en cumplimiento del art. 413 del CPP, criterio inobservado por el Tribunal de alzada