Del memorial del recurso de casación (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs. 252 a 257), resuelto por Auto de Vista 011/2014 de 10 de octubre, que declaró improcedente el referido recurso y confirmó la Sentencia impugnada, lo que motivó la interposición del recurso de casación.
I.1.1. Motivos del recurso
Del memorial del recurso de casación (fs. 270 a 275) y del Auto Supremo 160/2015-RA de 4 de marzo (fs. 297 a 299) dictado en el caso de autos, se extraen los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución:
1) El recurrente denuncia la existencia de defecto absoluto con el argumento de que el proceso se inició, desarrolló y concluyó, con una amenaza externa latente que limitó y condicionó el actuar de jueces, abogados y testigos de descargo, comprometiendo el principio de imparcialidad, pues este hecho ocasionó la renuncia de los abogados de la defensa y la incomparecencia de once testigos; además, se le nombró un abogado de Defensa Pública, quien sin su consentimiento renunció a los testigos, a la inspección ocular y al careo, circunstancia que le dejó en total indefensión; sin embargo de ello, el Tribunal de alzada determinó que no existió ninguna conculcación de derechos fundamentales invocados y que debió haberse procedido de acuerdo a lo establecido por el art. 198 del CPP, y que no fue reclamado oportunamente, por lo que considera que se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la presunción de inocencia
- Por memorial presentado el 2 de enero de 2015, de fs
- a) Por Sentencia 17/2013 de 25 de noviembre (fs
- Del memorial del recurso de casación (fs
- El recurrente solicita: “…se anule la sentencia 017/2
- Mediante Auto Supremo 160/2015-RA de 4 de marzo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Concluido el juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Guayaramerín del Tribunal Departamental de Justicia
- II.2. De la apelación restringida del imputado Alberto Alave Suarez
- Denunció también la existencia de defectuosa valoración de la prueba, porque no se valoró
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió
- Respecto a que la Sentencia incurrió en el inc
- Respecto a la contradicción entre la historia clínica y el certificado médico forense que observa
- Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por el imputado, abriendo su competencia a objeto de
- III.1. En cuanto a la denuncia de defectos absolutos
- En el primer motivo del recurso de casación sujeto a análisis, cuyo análisis de fondo
- En este contexto, considerando que los hechos identificados por el imputado convergen en un posible
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, el art
- En cuanto se refiere a los alcances del derecho a la defensa, el Tribunal Constitucional,
- III
- Por otra parte, el Tribunal de Alzada en el caso de que se denuncie la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
