Radicada la causa ante la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió
Radicada la causa ante la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió el Auto de Vista 011/2014 de 10 de octubre, que argumentó sobre los agravios denunciados por el imputado, lo siguiente:
No es evidente la agresión física, psicológica y planificada contra los jueces, abogados de la defensa y testigos de descargo, ya que según el acta a fs. 175 y vta., se le asignó un abogado de defensa pública; sin embargo, no consta representación de defensa técnica ni material (imputado). Añadió que según el acta a fs. 177 y vta., el imputado fue asistido por abogados particulares a quienes se les otorgó un plazo para el estudio del caso, suspendida la audiencia de juicio por dos ocasiones más, lo abogados retiraron su patrocinio, sin que se haya mencionado que se deba a amedrentamiento alguno, continuando con la prosecución del juicio de manera normal.
En cuanto a la falta de pedido para que se proceda de acuerdo al art. 198 del CPP, sobre la declaración de los testigos que no se hubieren presentado a juicio, el Tribunal de alzada aseveró que la misma constituye una negligencia del abogado patrocinante que no puede ser suplida por los juzgadores, observando que este punto no fue reclamado. Asimismo, que no existió vulneración de derechos fundamentales, como el debido proceso, defensa, igualdad de las partes y presunción de inocencia
- Por memorial presentado el 2 de enero de 2015, de fs
- a) Por Sentencia 17/2013 de 25 de noviembre (fs
- Del memorial del recurso de casación (fs
- El recurrente solicita: “…se anule la sentencia 017/2
- Mediante Auto Supremo 160/2015-RA de 4 de marzo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Concluido el juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Guayaramerín del Tribunal Departamental de Justicia
- II.2. De la apelación restringida del imputado Alberto Alave Suarez
- Denunció también la existencia de defectuosa valoración de la prueba, porque no se valoró
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa ante la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, emitió
- Respecto a que la Sentencia incurrió en el inc
- Respecto a la contradicción entre la historia clínica y el certificado médico forense que observa
- Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por el imputado, abriendo su competencia a objeto de
- III.1. En cuanto a la denuncia de defectos absolutos
- En el primer motivo del recurso de casación sujeto a análisis, cuyo análisis de fondo
- En este contexto, considerando que los hechos identificados por el imputado convergen en un posible
- Esto significa, que dentro del proceso penal, la función defensiva le corresponde a toda persona
- En el ordenamiento interno, el art
- En cuanto se refiere a los alcances del derecho a la defensa, el Tribunal Constitucional,
- III
- Por otra parte, el Tribunal de Alzada en el caso de que se denuncie la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
