Amerita referir, que la nulidad procesal no sólo constituye una decisión de última ratio, sino
Amerita referir, que la nulidad procesal no sólo constituye una decisión de última ratio, sino que además procede por razones expresamente señaladas en la ley (principio de especificidad) o cuando se ha evidenciado una flagrante vulneración de determinados derechos que hacen al debido proceso, entre ellos los de acceso a la justicia, a la defensa y otros, amén de que conforme al principio de trascendencia, el vicio procesal haya tenido incidencia en perjuicio de la parte que invoca la nulidad, de tal modo tal que, sin la existencia de ese vicio los resultados del fallo habrían sido distintos
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