Auto Supremo AS/0390/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0390/2015

Fecha: 03-Jun-2015

Cabe indicar previamente que, el art

En consecuencia, al no encontrar cierta la infracción procesal acusada en esta parte del recurso, se concluye que el reclamo formulado por la parte demandada en esta parte de su recurso, resulta ser infundado.
II.2. Resolviendo el recurso de casación en el fondo
Cabe indicar previamente que, el art. 48.II de la Constitución Política del Estado (CPE) establece: “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador”; de modo que, esta disposición es de trascendental relevancia social y jurídica, pues se constituye en uno de los pilares fundamentales del derecho del trabajo que busca proteger y favorecer al trabajador en las relaciones de trabajo; por ello, desde sus inicios encontramos que en el Derecho Laboral el trabajador es la parte débil de esta, y por ende, que existe una desigualdad en la realidad contractual del trabajo, por lo que tales dispositivos tratan de amparar a dicha parte débil, para lograr una justicia social en condiciones humanas con el empleador; así, el proteccionismo que se aplica en el derecho laboral lo diferencian del resto de las ramas del derecho