Auto Supremo AS/0408/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0408/2015-RA

Fecha: 17-Jun-2015

4) Por último, alega que el Tribunal de alzada calificó como simples susceptibilidades, su denuncia


4) Por último, alega que el Tribunal de alzada calificó como simples susceptibilidades, su denuncia acerca de que un juez ciudadano se quedó dormido durante la producción de la prueba testifical, por lo que se habría infringido el principio de inmediación; asimismo, habría denunciado que el juicio no se suspendió cuando una de las querellantes se retiró del juicio sin autorización y finalmente que en el acta de lectura íntegra de la sentencia, no existe la firma de un juez técnico y un ciudadano, infringiendo el art. 360 inc. 5) del CPP