Auto Supremo AS/0422/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

5) Finalmente, el recurrente denuncia que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el


5) Finalmente, el recurrente denuncia que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, por las siguientes razones: a) Que la víctima en su declaración de 16 de agosto de 2010, refirió que llegó al lugar de los hechos en micro, y posteriormente de manera contradictoria en juicio manifestó que fue en taxi, contradicciones que a decir del recurrente debieron ser valoradas a tiempo de determinar la credibilidad del referido testimonio, así como el hecho de que no es lógico seguir a un desconocido ya sea en taxi o micro; b) Que en su relato la víctima manifestó que recibió golpes en el rostro, lo cual no fue corroborado por el examen médico forense y que demuestra las contradicciones sobre la referida declaración y lo demostrado por el informe médico forense; c) Que, la víctima indicó por un lado que pidió ayuda en una casa de madera donde una señora le dijo a su hijo que le acompañe a recuperar sus cosas, y que por otro lado también había manifestado que no fue una señora sino una pareja que dispuso que fuera su hijo que le brinde ayuda; d) Que la víctima indicó que nunca se olvidaría de Edwin Leigue Vogth, con quien se encontraron en el camino y era amigo de Brayan; sin embargo, en juicio indicó respecto a Edwin Leigue que “creo que también estaba él”; e) Que, la Sentencia usó como otro elemento probatorio el certificado médico forense, el cual determinó que la víctima fue atacada por tres desconocidos; f) Que el informe de policial de intervención directa, que fue el otro elemento probatorio usado para la Sentencia condenatoria, estableció que se encontró en la calle Omar Chávez un tumulto de gente y un joven tendido, golpeado y maltratado junto a la víctima, el cual fue aprendido ante la acusación de la víctima por abuso sexual y quien responde al nombre del co -imputado Marco Flores, por lo que cuestiona el hecho de haber usado la referida prueba en su contra