Auto Supremo AS/0427/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

II.2.1. Apelación restringida de Tomás Luna Huanca


El Juez de Partido en lo Penal Liquidador y de Sentencia de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Sentencia 12/12 de 21 de diciembre de 2012, por la que declaró a los imputados Tomas Luna Huanca, Esteban Rodríguez Mamani, Jesús Alarcón Jiménez y Mario Guzmán Quispe, autores y culpables de los delitos de Alteración de Linderos y Perturbación de Posesión, tipificados por los arts. 352 y 353 del CP, imponiéndoles la pena privativa de libertad de tres años de reclusión; y, los absolvió de la comisión del delito de Despojo tipificado por el art. 351 de la norma citada.

En cuanto a los fundamentos de la Sentencia, refiere que el querellante José Napoleón Prado Quiroga, adquirió el terreno objeto del proceso, se posesionó en el mismo y realizó trabajos como construcciones las que fueron destruidas; asimismo, se estableció que los predios se encuentran dentro del área protegida por el Servicio Nacional de Áreas Protegidas; no obstante, se demostró que los imputados no habitan el inmueble, advirtiéndose que se procedió a la apertura de sendas para impedir el paso del querellante.

II.2. De la apelación restringida.

II.2.1. Apelación restringida de Tomás Luna Huanca