Ahora bien, conforme la relación del expediente, sobresale que a fs
Ahora bien, conforme la relación del expediente, sobresale que a fs. 4 y vta. el actor interpone demanda de pago de beneficios sociales el 12 de diciembre de 1997, presentando el memorial ante la Corte Superior del Distrito de La Paz consignando como autoridad receptora al “SEÑOR JUEZ DE TRABAJO Y D.L.” (sic), siendo que a través de la Secretaría de la Sala Social y Administrativa se procedió al respectivo sorteo, para después remitir antecedentes al Juzgado Sexto del Trabajo y Seguridad Social, todo conforme acuse de recepción y nota vistos al pie de fs. 4 vta
- CONSIDERANDO I
- b) Sostiene que el actor en su demanda señala haber prestado sus servicios desde el
- c) Arguye que en fecha 12 de diciembre de 1997, Andrés Salcedo Aro interpuso demanda
- Finaliza su recurso manifestando haber demostrado la violación de las normas legales anteriormente descritas, por
- Andrés Salcedo Aro en la contestación al recurso de casación manifiesta que la entidad demandada
- CONSIDERANDO II
- Ahora bien, conforme la relación del expediente, sobresale que a fs
- En conocimiento del citado Juzgado, se presentaron dos actuaciones, la primera, por decreto de 19
- El Ministerio Público en de 12 de enero de 1998, dictaminó que la juez de
- Posteriormente, por memorial de fs
- Se advierte que si bien es cierto que el memorial de fs
- Como se adelantó la Juez de grado, al haber dispuesto el traslado al Ministerio Público
- Bajo ese parámetro se establece que si bien es cierto que la demanda de fs
- Respecto a la denuncia vertida sobre la infracción del art
- II
- Por los fundamentos expuestos se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas por el recurrente,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
