Auto Supremo AS/0167/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2015

Fecha: 29-Jul-2015

, Con relación a la acusación de violación del art

, Con relación a la acusación de violación del art. 202 del Código Procesal del Trabajo, porque la actora nunca pidió reintegro de subsidio de frontera a su aguinaldo, que oficiosamente dispuso el tribunal de apelación, evidenciándose una concesión ultra petita que invalida la sentencia; al respecto, no es evidente dicha acusación, al estar por demás fundamentado en el Auto de Vista 94/2010 ahora recurrido, cuando el tribunal de apelación refiere: "Evidentemente este artículo refiere que la sentencia recaerá sobre todos los puntos litigados y constará de una parte considerativa y otra resolutiva. Sin embargo no se percató la recurrente que entre las reglas para dictarse está la del inc. c) el cual expresa que la parte resolutiva también comprenderá aquello que el trabajador hubiese omitido reclamar en la demanda y que en el curso del proceso se hubiera evidenciado y tenga conexitud. A simple vista se evidencia en el proceso que se han tenido que pagar los aguinaldos del año 2007, 2008 Y duodécima del 2009, correspondiendo, de oficio como lo hizo el Juez, integrar estos a la demanda.", siendo evidente que en mérito a dicha norma y constituyendo dichos reintegros de aguinaldos, derechos adquiridos, correspondía su concesión