Auto Supremo AS/0167/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2015

Fecha: 29-Jul-2015

2008 Y duodécimas de la gestión 2009, debiendo en definitiva cancelar la suma de Bs

En grado de apelación formulada por la institución demandada (fs. 257 a

258), la Sala Civil, Social, de Familia, Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cobija-Panda, pronunció el Auto de Vista N° 94 de 10 de septiembre de 2010 (fs. 272 a 274), confirmando parcialmente la Sentencia apelada, sin costas, con las modificaciones en cuanto al reintegro por tiempo de servicios en 17 meses y 8 días, aguinaldo por las gestiones 2007 y
2008 Y duodécimas de la gestión 2009, debiendo en definitiva cancelar la suma de Bs. 11.764,51, que debe pagarse conforme indica la sentencia de primera instancia