CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso de casación
CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se realiza las siguientes consideraciones para resolución:
Respecto a la infracción del arto 1 del Reglamento de la Ley General del Trabajo y art. 3 de la Ley N° 2027 del Estatuto del Funcionario Público, por no encontrarse la demandante sujeta a las disposiciones de la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, habiendo los Tribunales de instancia interpretado incorrectamente el Auto Supremo N° 4 de 10 de enero de 2003, sin considerar las innumerables resoluciones supremas que constituyen jurisprudencia advirtiéndose desconocimiento del art. 1 inc. b) de la Ley N° 2341 del procedimiento administrativo; debe tenerse presente que no obstante haber sido la demandante funcionaria pública dependiente del Instituto Nacional de Estadística, se tramitó en el proceso la excepción de incompetencia (fs. 163 a
164) misma que fue declarada improbada por auto de 15 de marzo de 2010 (fs
Respecto a la infracción del arto 1 del Reglamento de la Ley General del Trabajo y art. 3 de la Ley N° 2027 del Estatuto del Funcionario Público, por no encontrarse la demandante sujeta a las disposiciones de la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, habiendo los Tribunales de instancia interpretado incorrectamente el Auto Supremo N° 4 de 10 de enero de 2003, sin considerar las innumerables resoluciones supremas que constituyen jurisprudencia advirtiéndose desconocimiento del art. 1 inc. b) de la Ley N° 2341 del procedimiento administrativo; debe tenerse presente que no obstante haber sido la demandante funcionaria pública dependiente del Instituto Nacional de Estadística, se tramitó en el proceso la excepción de incompetencia (fs. 163 a
164) misma que fue declarada improbada por auto de 15 de marzo de 2010 (fs
- demandada, pague a Mónica Gabriela García Flores el subsidio
- 2008 Y duodécimas de la gestión 2009, debiendo en definitiva cancelar la suma de Bs
- 280, denunciando los siguientes hechos
- Indica que se vulneró lo dispuesto por la Ley N° 2027 del Estatuto del
- servidores públicos tienen derecho de petición para ejercer sus derechos ante la misma Administración Pública,
- Señala que se violó el art
- Trabajo y 130 inc
- Añade que se violó el art
- Concluye solicitando al Supremo Tribunal case el auto de vista impugnado y declare improbada la
- CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso de casación
- Con ese antecedente, sobre la excepción previa de incompetencia planteada por la entidad demandada,
- En ese sentido, si bien es cierto que la demandante tiene la condición de ex
- El presente proceso, se tramitó en la judicatura laboral, en resguardo de los derechos adquiridos
- derechos se encuentran los salarios, las vacaciones, los aguinaldos, y otros
- Por otra parte, debe considerarse que el art
- En ese marco normativo, se llega a la conclusión que no
- Funcionario Público, pues como se tiene expresado
- En efecto, debe tenerse presente que los Autos Supremos
- En cuanto a la acusación de violación del art
- procedimiento social, por lo que esta acusación resulta incorrecta e incongruente
- , Con relación a la acusación de violación del art
- En el marco de lo precedentemente fundamentado, se concluye que los jueces de instancia
- contenida en los arts
- 1990 (SAFCO)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- ll'U6Uí'W- SUPR~MO DEJUSTlC1A
