Auto Supremo AS/0167/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2015

Fecha: 29-Jul-2015

En ese sentido, si bien es cierto que la demandante tiene la condición de ex

En ese sentido, si bien es cierto que la demandante tiene la condición de ex funcionaria pública; este Supremo Tribunal en sus uniformes fallos ha determinado, a efecto del reconocimiento de sus derechos laborales, que pese a considerar la existencia de la relación laboral en calidad de funcionario público, constituyen los sueldos devengados, la vacación, aguinaldo y otros, derechos sociales adquiridos emergentes de una relación laboral, correspondiendo su reconocimiento y pago a favor del actor