b) Contra la referida Sentencia, los imputados Agustina Araca Martínez y Julio Soto Veliz, interpusieron
b) Contra la referida Sentencia, los imputados Agustina Araca Martínez y Julio Soto Veliz, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 94 a 100 y fs. 102 a 110 vta.); resueltos por Auto de Vista 20/2010 de 28 de abril, emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, que declaró improcedentes los recursos de apelación restringida; y en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada, motivando con ello la interposición del recurso de casación que es motivo de examen de fondo
- Por memorial presentado el 7 de mayo de 2010, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación fiscal y particular, una vez concluida la audiencia de
- b) Contra la referida Sentencia, los imputados Agustina Araca Martínez y Julio Soto Veliz, interpusieron
- Del memorial de recurso de casación (fs
- 1) Argumentan los recurrentes, que el Auto de Vista no resolvió ni se pronunció sobre
- Los recurrentes piden que, evidenciando las contradicciones existentes entre los fallos invocados y el
- Conforme el Auto de admisión 192/2015-RA-L de 10 de abril, el análisis de fondo de
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- a) Identificando como “INADECUADA CALIFICACIÓN DEL HECHO AL TIPO PENAL” (sic), el recurrente desarrolló argumentos
- Posteriormente, realizó cuestionamientos respecto a las razones por las que la víctima llevaría Bs
- Alegó que ni en la imputación como tampoco en las acusaciones fueron mencionados Pedro Soto
- Finalmente, en cuanto al delito de Robo Agravado, señaló que no se demostró que la
- Como norma que debió ser aplicada, señaló el art
- Señaló que en el epígrafe, “DECLARACIÓN DE LOS ACUSADOS” (sic) el Tribunal de Sentencia, al
- Como norma que debió ser aplicada, señala el art
- II.2.Auto de Vista impugnado
- En lo relativo a los motivos admitidos para su consideración de fondo, se tiene que
- Conforme se tiene del Auto de admisión del recurso, corresponde la verificación de la denuncia
- III.1.Precisiones legales respecto a la fundamentación
- Por su importancia, la exigencia de fundamentación y motivación se encuentra plasmada en el CPP,
- Al igual que la Ley demanda del impugnante un recurso claro, preciso, coherente y con
- De todo lo señalado, se establece que el o los motivos denunciados en toda impugnación
- III.2.Comprobación de los precedentes contradictorios vinculados al análisis del caso en concreto
- Siendo el objetivo del recurso casacional el de uniformar la jurisprudencia nacional a través de
- En el caso en examen, los recurrentes denuncian que el Auto de Vista impugnado, no
- Del estudio de antecedentes, se verifica que los recurrentes, como primer motivo, en su recurso
- Se tiene también, que pretendieron realizar la descomposición y explicación del tipo penal de Robo
- Sobre la denuncia, el Auto de Vista impugnado, señaló que la errónea aplicación de Ley
- De lo manifestado por los recurrentes y lo resuelto por el Tribunal de apelación, este
- En el caso de autos, los impetrantes refieren que el Auto de Vista no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
