Acusó también que, existen errores de procedimiento al no haber resuelto la Juez a quo
Acusó también que, existen errores de procedimiento al no haber resuelto la Juez a quo el incidente de prescripción planteado oportunamente, toda vez que conforme manifestó el trabajador, hubiese finalizado su relación laboral el 31 de diciembre de 2006, sin embargo su demanda tiene como cargo de recepción el 7 de abril de 2009, es decir después de haber transcurrido más de dos años, prescribiendo su derecho conforme establece el art. 102 de la LGT y arts. 163 y 164 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DR-LGT)
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto los recursos de apelación por ambas partes del proceso (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Acusó también que, existen errores de procedimiento al no haber resuelto la Juez a quo
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista recurrido toda
- Que, a mérito de esos antecedentes, revisado el recurso de casación, corresponde resolver el mismo
- Ahora bien, efectivamente el proceso se desenvuelve en instancias o etapas, de modo que los
- En el marco de lo precedentemente expuesto, es necesario mencionar que la vulneración alegada por
- Por otro lado, en cuanto al reclamo de fondo, en sentido que el actor habría
- Sobre el particular, el art
- Sobre la compensación en dinero de las vacaciones, el tratadista Guillermo Cabanellas (Tratado de Derecho
- Así la vacación, por disposición del art
- En el caso de análisis, se advierte de los medios probatorios señalados y las mismas
- Por lo que, así analizados los hechos, se concluye que el Auto de Vista recurrido
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
