Auto Supremo AS/0485/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0485/2015

Fecha: 10-Jul-2015

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 485
Sucre, 10 de julio de 2015

Expediente: 204/2011-S
Demandante: Cesar Froilán Márquez Zutara
Demandado: Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: El recurso de casación de fs. 136 a 138, interpuesto por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), representada legalmente por Andrea Cecilia Reque Carranza y Paola Pommier Velásquez, contra el Auto de Vista Nº 018/2011 de 22 de febrero, que cursa a fs. 130, emitido por la Sala Social y Administrativa Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso social que por pago de beneficios sociales y derechos laborales sigue Cesar Froilán Márquez Zutara contra la entidad recurrente; la respuesta de fs. 141 y vta., al recurso de casación; el Auto de fs. 142, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del Proceso
I.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso social, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió Sentencia Nº 21/2010, de 9 de marzo, de fs. 103 a 108, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 21 a 22, ordenando a la empresa demandada, cancelar a favor del actor la suma de Bs.3.499,50.-(tres mil cuatrocientos noventa y nueve 50/100 bolivianos) por concepto de prima y vacación, rechazando mediante Auto de 1 de junio de 2010, de fs. 110, la explicación, complementación y enmienda solicitada a fs. 109, por la parte demandante