Auto Supremo AS/0488/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2015-RRC

Fecha: 17-Jul-2015

En virtud a tales fundamentos, el Tribunal de alzada declaró procedentes las cuestiones planteadas por


En virtud a tales fundamentos, el Tribunal de alzada declaró procedentes las cuestiones planteadas por el personero legal del Municipio de Sapahaqui y el Ministerio Público e improcedentes las formuladas por las imputadas Graciela Villca Soto y Josefina Beatriz Durán Ramírez, confirmando la Sentencia. En consecuencia, modificó la Resolución apelada en cuanto a la imputada Graciela Villca Soto, a quien también la declaró autora del delito de Peculado, previsto en la sanción del art. 142 del CP y en aplicación del art. 45 del CP, la condenó a la pena de ocho años de reclusión. Igualmente, declaró a Josefina Beatriz Durán Ramirez, autora del delito de Peculado en grado de Complicidad previsto en la sanción del art. 142 y 23 del CP, y con la facultad prevista por el art. 45 del CP, modificó la pena a cuatro años de reclusión. Finalmente, confirmó la Resolución 165/2011 de 24 de mayo, que resolvió la excepción de falta de acción formulada por Graciela Villca Soto