Con relación a la infracción art
Con relación a la infracción art. 19 del DS N° 24103 de 20 de mayo de 1995, se establece que el mismo trata de "la homologación de la Resolución N° 90/94 de 29 de septiembre de 1994 del directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos que aprueba la solicitud de la Compañía Petrolera de Exploración y Explotación (PETROLEX S.A.)", de modo que, al no constituir dicha norma el fundamento de la decisión del juzgador, no se puede entender que la misma haya sido vulnerada, más aún, cuando la Constitución Política del Estado (CPE) de 1967, dispone en su art. 162.II que "los derechos y beneficios reconocidos a favor de los trabajadores no pueden renunciarse, y son nulas las convenciones contrarias y que tiendan a burlar sus efectos", concordante con el art. 48 de la actual CPE, es decir, la Ley fundamental del ordenamiento jurídico boliviano, aplicable con preferencia a las leyes, establece que los derechos de los trabajadores son irrenunciables, en consecuencia, es imprescindible no ignorar que los tribunales, jueces y autoridades deban aplicar con preferencia la Ley suprema del ordenamiento jurídico con preferencia a las leyes y éstas con preferencia a cualesquiera otro DS, precautelando los derechos de los trabajadores
- Demandado: Banco de Crédito de Bolivia S.A
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la entidad demandada (fs
- Contra la última resolución, la entidad demandada formuló recurso de casación en la forma y
- Concluyen solicitando se anule obrados hasta el vicio más antiguo conforme las omisiones denunciadas en
- Que, en mérito a los puntos expuestos en casación, de la revisión y compulsa de
- Por lo anotado, se llega a la conclusión que no existe infracción que interese al
- La institución recurrente acusa la aplicación errónea del DS N° 23474, en cuanto a la
- Al respecto, previamente conviene puntualizar que la antigüedad laboral está definida por el autor Luis
- El bono de antigüedad es aquel porcentaje de “remuneración adicional que el trabajador percibe de
- Ahora bien, es importante aclarar que la escala porcentual determinada por el DS Nº 21060
- Más adelante, el art
- Luego por DS Nº 23474, de 20 de abril de 1993, en su art
- En virtud a lo señalado, el cálculo y determinación del bono de antigüedad sobre la
- Con relación a la infracción art
- En ese sentido, la deducción realizada por la institución demandada a momento de la liquidación
- Por último, sobre la acusación de vulneración de los arts
- En efecto, resulta improcedente atender en etapa de Casación los conceptos no reclamados en su
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
