Señala que el proceso ejecutivo es nulo de pleno derecho debido a que el Banco
Ante el incumplimiento de las obligaciones contraídas en fecha 19 de marzo de 1.999, la Intendencia del Banco Minero de Bolivia, inicio acción ejecutiva en contra de la Compañía Minera Tierra Ltda., pretendiendo el cobro de $us. 4.762.822.10, en base a las escrituras 259/89 y 189/90, habiéndose dictado el Auto Intimatorio contra Guillermo Albert Roelants por sí y en representación de la compañía, sin embargo el ahora demandante alega que nunca fue citado y emplazado con la demanda ni el auto intimatorio, menos aún con ningún actuado procesal.
Señala que el proceso ejecutivo es nulo de pleno derecho debido a que el Banco Minero (BAMIN) no habría presentado título ejecutivo que demuestre su condición de acreedor hipotecario, siendo el Banco Central de Bolivia el único que tenía el derecho sobre las garantías hipotecarias prendarias que pretenden ser ejecutados por la Sentencia emitida en el proceso ejecutivo, además denuncia que el Banco Central de Bolivia jamás se presentó en dicho proceso ejecutivo para hacer valer sus derechos, el ejecutante tampoco presentó el documento complementario Nº 34/91, mismo que hubiera modificado las escrituras de préstamo
Señala que el proceso ejecutivo es nulo de pleno derecho debido a que el Banco Minero (BAMIN) no habría presentado título ejecutivo que demuestre su condición de acreedor hipotecario, siendo el Banco Central de Bolivia el único que tenía el derecho sobre las garantías hipotecarias prendarias que pretenden ser ejecutados por la Sentencia emitida en el proceso ejecutivo, además denuncia que el Banco Central de Bolivia jamás se presentó en dicho proceso ejecutivo para hacer valer sus derechos, el ejecutante tampoco presentó el documento complementario Nº 34/91, mismo que hubiera modificado las escrituras de préstamo
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Finalmente según Testimonio Nº 34/91 de fecha 8 de febrero de 1991, escritura suscrita entre
- Instalada que fue la Planta de Ácido Bórico en Apacheta, ubicada en el sudoeste potosino,
- Señala que el proceso ejecutivo es nulo de pleno derecho debido a que el Banco
- En tal circunstancia fue dictada la Sentencia, misma que declaró probada la demanda e improbadas
- Por memorial de fs
- Contra esa resolución Fernando Saúl Bascope, en su condición de Director General Ejecutivo del SENAPE
- I.- Recurso de Casación de Guillermo Roelants Du Vivier
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- Por lo expuesto interpone recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista
- II.- Recurso de casación en el fondo de Carmen Rosa Burgos Ortiz
- Dando respuesta al recurso de casación de Guillermo Roelants Du Vivier se tiene lo siguiente
- Del análisis del agravio denunciado se advierte que el mismo cuestiona aspectos de forma, que
- Al respecto corresponde aclarar que, el proceso ordinario posterior no constituye una instancia más de
- En el caso que nos ocupa se tiene que la Sociedad Industrial Tierra S
- De lo manifestado, se establece claramente que el computo de los seis meses es desde
- Al agravio 3, Acusa improcedencia de las excepciones de cosa juzgada y caducidad de la
- De lo manifestado en el punto precedente se tiene que el presente proceso ordinario, ha
- Al agravio 4, acusa que el considerando tercero del Auto de Vista refiere que la
- Dando respuesta al recurso de casación en el fondo de Carmen Rosa Burgos Ortiz se
- Aclaramos que respecto a estos (garantes hipotecarios) como se tiene señalado supra y de acuerdo
- Al agravio 3, señala la co- demandante que ostenta toda la legitimidad procesal para la
- En el presente punto la recurrente denuncia error de hecho y de derecho en que
- Por lo anteriormente expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
