Auto Supremo AS/0217/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2015-L

Fecha: 13-Ago-2015

III

III.- Que la sentencia arbitrariamente liquidó un monto de vacaciones por 35 días en Bs. 1.047.-, cuando oportunamente se dejó constancia de que el actor ha hecho uso de sus vacaciones de manera esporádica al solicitar permisos de días a cuenta de vacación, ya que solo le quedarían 15 días, por lo que le corresponde únicamente la suma de Bs. 448.75.-, que también fue aceptado por el actor en los finiquitos adjuntos, aspecto que no fue considerado en el auto de vista, infringiendo y aplicando erróneamente el Inc. h) del art. 182 del Código Procesal del Trabajo al haberse demostrado el pago de las vacaciones