Sobre el particular, no obstante de haberse considerado en el fundamento del punto anterior, solamente
Sobre el particular, no obstante de haberse considerado en el fundamento del punto anterior, solamente en vía de aclaración, cabe señalar que la valoración de la prueba es una atribución exclusiva de los jueces de instancia y por tanto incensurable en casación al ser un tribunal extraordinario de puro derecho, solamente abre su competencia cuando el recurrente precisa que los de grado en la valoración de la prueba incurrieron en error de hecho o en error de derecho, circunstancia que no tomó en cuenta el recurrente, señalando de manera general que no se compulsaron los antecedentes, infringiendo el art. 3 inc. h) y 150 del C.P.T., sin observar que dichos artículos establecen que en los procesos laborales la carga de la prueba es obligatoria para la parte patronal y facultativa para el trabajador, es decir, que en materia laboral rige el principio de inversión de la prueba correspondiendo al empleador desvirtuar los hechos afirmados por el trabajador, en ese contexto es impertinente lo manifestado por el recurrente
- Auto Supremo Nº 217/2015-L
- Expediente: CBBA. 647/2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo de Partido del Trabajo y
- En grado de apelación, deducido por la parte demandada de fs
- Que, contra el referido auto de vista, la Empresa Matrical S
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- Que en cuanto al reclamo de las primas, se acompañó prueba que demostró que la
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- Al respecto en el caso de análisis, de la compulsa de los antecedentes tanto la
- Sobre el particular, no obstante de haberse considerado en el fundamento del punto anterior, solamente
- En cuanto a que la prueba presentada demostró que la empresa solo obtuvo utilidades en
- Al respecto, de acuerdo a lo establecido en el art
- Sin embargo de lo señalado, y como en toda regla se tiene también la excepción,
- En cuanto a la impetrada nulidad del auto de vista, se concluye que no existe
- De lo expuesto, la nulidad solicitada no se justifica de manera alguna, puesto que no
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista recurrido se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
- Regístrese, Notifíquese Y Devuélvase.
