Auto Supremo AS/0557/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2015

Fecha: 05-Ago-2015

“el argumento del SENASIR al señalar que el asegurado no ha dado cumplimiento al DS

La entidad recurrente fundamenta la violación de la norma glosada, en sentido que el beneficiario Edilberto Gutiérrez Melgar no dio cumplimiento a la misma, motivo que también fue objeto del recurso de apelación y respectivo pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada, así el Auto de Vista Nº 331 de 20 de octubre de 2014, señaló:
“el argumento del SENASIR al señalar que el asegurado no ha dado cumplimiento al DS Nº 28589 de 17 de enero de 2006, no es responsabilidad del trabajador dar cumplimiento a esa norma, sino de la autoridad jurisdiccional ya que es ésta quien administra justicia y no así el demandante, por tanto la negligencia o descuido del juzgador no puede servir de pretexto al SENASIR para negar un derecho constitucional que por muchos años reclama el interesado”