El asegurado, interpuso recurso de reclamación (fs
I.1.2 Recurso de reclamación y Resolución de la Comisión de reclamación del SENASIR
El asegurado, interpuso recurso de reclamación (fs.193-194) contra la Resolución Nº 002658 de 2 de marzo de 2004 (fs. 145 a 146) que dispuso la desestimación de la Renta Única de Vejez como pago global, por no contar con los requisitos establecidos. Dicha resolución fue notificada al asegurado el 27 de octubre de 2008 (fs. 159 vta.); sin embargo, esa notificación fue regularizada mediante notificación legal efectuada el 9 de marzo de 2011 (fs. 171 vta.) interponiendo el asegurado Edilberto Gutiérrez Melgar, Recurso de Reclamación (fs. 186-185), resuelto mediante Resolución Nº 127/14 de 10 de marzo (fs. 239-236) pronunciada por la Comisión de Reclamación del SENASIR, que confirmó el Auto Nº 002658 2 de marzo de 2004, por encontrarse conforme a las disposiciones que rigen la materia
El asegurado, interpuso recurso de reclamación (fs.193-194) contra la Resolución Nº 002658 de 2 de marzo de 2004 (fs. 145 a 146) que dispuso la desestimación de la Renta Única de Vejez como pago global, por no contar con los requisitos establecidos. Dicha resolución fue notificada al asegurado el 27 de octubre de 2008 (fs. 159 vta.); sin embargo, esa notificación fue regularizada mediante notificación legal efectuada el 9 de marzo de 2011 (fs. 171 vta.) interponiendo el asegurado Edilberto Gutiérrez Melgar, Recurso de Reclamación (fs. 186-185), resuelto mediante Resolución Nº 127/14 de 10 de marzo (fs. 239-236) pronunciada por la Comisión de Reclamación del SENASIR, que confirmó el Auto Nº 002658 2 de marzo de 2004, por encontrarse conforme a las disposiciones que rigen la materia
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Olga Durán Uribe y Sandra
- El asegurado, interpuso recurso de reclamación (fs
- Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR, interpuso recurso
- Contra el referido Auto de Vista, Olga Duran Uribe y Sandra Argote Céspedes, en representación
- b) Recordaron que en la primera instancia administrativa la Comisión de Calificación de Rentas mediante
- c) Asimismo denunciaron la vulneración del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004,
- d) Reconocieron que la autoridad que tenía que dar cumplimiento al DS Nº 28589 era
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- II
- “el argumento del SENASIR al señalar que el asegurado no ha dado cumplimiento al DS
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- Por lo que conforme a ese mandato, el recurso de casación procede únicamente contra las
- En ese sentido, como bien lo ha señalado el Auto de Vista e incluso lo
- En tal situación, el art
- La disposición glosada efectivamente dispone un límite de aportes certificados por modalidad alternativa que están
- En la especie, del análisis del tercer considerando del Auto de Vista se puede establecer
- En conclusión, se evidencia que el asegurado presentó la documentación requerida por la Ex Dirección
- Conforme a los fundamentos establecidos, se puede concluir que el Auto de Vista consideró y
- Por lo expuesto, se evidencia que el Tribunal de Alzada no aplicó e interpretó correctamente
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
