Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR, interpuso recurso
I.1.3 Auto de Vista
Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR, interpuso recurso de apelación (fs. 248 a 249), que concedido por Auto de la Comisión de reclamación Nº 426/14 de 15 de agosto fue resuelto por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, instancia que pronunció el Auto de Vista Nº 331 de 20 de octubre de 2014 (fs. 264 a 261 vta.) revocando el Auto Nº 002658 de 2 de marzo de 2004, emitido por la Comisión de Calificación de Rentas y la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 127/14 de 10 de marzo, para que, deliberando en el fondo, ordene a la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR, otorgar Renta Única de Vejez con reducción de edad a Edilberto Gutiérrez Melgar en base a 220 cotizaciones para ambos regímenes, procediendo a reconocerle dicha renta a partir del mes de noviembre de 1988, consignando el pago de los correspondientes aguinaldos y otros beneficios que por ley le corresponden, sin costas
Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR, interpuso recurso de apelación (fs. 248 a 249), que concedido por Auto de la Comisión de reclamación Nº 426/14 de 15 de agosto fue resuelto por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, instancia que pronunció el Auto de Vista Nº 331 de 20 de octubre de 2014 (fs. 264 a 261 vta.) revocando el Auto Nº 002658 de 2 de marzo de 2004, emitido por la Comisión de Calificación de Rentas y la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 127/14 de 10 de marzo, para que, deliberando en el fondo, ordene a la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR, otorgar Renta Única de Vejez con reducción de edad a Edilberto Gutiérrez Melgar en base a 220 cotizaciones para ambos regímenes, procediendo a reconocerle dicha renta a partir del mes de noviembre de 1988, consignando el pago de los correspondientes aguinaldos y otros beneficios que por ley le corresponden, sin costas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Olga Durán Uribe y Sandra
- El asegurado, interpuso recurso de reclamación (fs
- Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR, interpuso recurso
- Contra el referido Auto de Vista, Olga Duran Uribe y Sandra Argote Céspedes, en representación
- b) Recordaron que en la primera instancia administrativa la Comisión de Calificación de Rentas mediante
- c) Asimismo denunciaron la vulneración del DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004,
- d) Reconocieron que la autoridad que tenía que dar cumplimiento al DS Nº 28589 era
- Por lo expuesto, solicitaron se conceda el recurso de casación ante el Tribunal Supremo de
- El primer motivo, propone que Edilberto Gutiérrez Melgar no dio cumplimiento a lo dispuesto por
- II
- “el argumento del SENASIR al señalar que el asegurado no ha dado cumplimiento al DS
- Con base de esos antecedentes, debe recordarse a la institución recurrente que, conforme dispone el
- Por lo que conforme a ese mandato, el recurso de casación procede únicamente contra las
- En ese sentido, como bien lo ha señalado el Auto de Vista e incluso lo
- En tal situación, el art
- La disposición glosada efectivamente dispone un límite de aportes certificados por modalidad alternativa que están
- En la especie, del análisis del tercer considerando del Auto de Vista se puede establecer
- En conclusión, se evidencia que el asegurado presentó la documentación requerida por la Ex Dirección
- Conforme a los fundamentos establecidos, se puede concluir que el Auto de Vista consideró y
- Por lo expuesto, se evidencia que el Tribunal de Alzada no aplicó e interpretó correctamente
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
