Al respecto, si bien es cierto que de acuerdo al art
Al respecto, si bien es cierto que de acuerdo al art. 52 de la LGT no puede convenirse un salario inferior al mínimo, tal disposición también señala que el salario es proporcional al trabajo que realicen los trabajadores, y relacionándola con el DS N° 1213 de 1 de mayo de 2012, en el que establecía como salario mínimo nacional del Estado boliviano la suma de Bs. 1.000.- (Mil 00/100 bolivianos) para ese entonces, tanto al sector público como al privado; empero, tal disposición en cuanto al salario mínimo debe ser interpretado tratándose de trabajos típicos y jornadas completas de trabajo y que tratándose de medias jornadas o jornadas por horas, su aplicación debe ser también en ese mismo orden por principio de razonabilidad, como sucede en el caso de examen, por lo que en la especie se advierte que el Juez a quo, efectuó una valoración conjunta de los elementos probatorios del proceso, incluyendo las pruebas testificales de cargo como las declaraciones testificales de descargo y contrastando tal cual se dijo, su contenido con las demás probanzas como las pruebas documentales adjuntas al proceso; situación que fue confirmada de manera correcta por el Tribunal ad quem
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el representante legal del demandante (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Indicó también que los Vocales entraron en contradicción porque por un lado reconocieron la relación
- Por último señaló que el Tribunal de Alzada al no reconocer como monto indemnizable el
- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, “declare nula la Sentencia en la parte que
- Que, a mérito de los antecedentes y lo deferido en el recurso de casación que
- De lo señalado, y a pesar de tal protección reforzada que hoy se tiene en
- Siguiendo el razonamiento anterior, debe tenerse en cuenta que todo trabajo manual e intelectual
- Así entonces, para determinar la existencia de una relación laboral sujeta a las disposiciones establecidas
- Ahora bien, cabe apuntar que la LGT en su Título III, reconoce y regula ciertas
- Por relaciones laborales atípicas, desde un punto de vista comparativo, deben entenderse a todas aquellas
- Entonces, las contrataciones atípicas son contrataciones de carácter laboral y, por lo tanto, insertas dentro
- En estas relaciones de trabajo, tradicionalmente se consideran como formas de contratación atípicas a las
- A las formas atípicas de contratación antes citadas, se agrega, que en la práctica corresponde
- De lo expuesto y del reclamo respecto al monto indemnizable calculado por los de Instancia
- Al respecto, si bien es cierto que de acuerdo al art
- En ese marco, corresponde señalar además que la valoración y compulsa de las pruebas, es
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
