Auto Supremo AS/0572/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0572/2015

Fecha: 19-Ago-2015

Por último señaló que el Tribunal de Alzada al no reconocer como monto indemnizable el

Por último señaló que el Tribunal de Alzada al no reconocer como monto indemnizable el salario mínimo vital al momento del despido del actor de Bs. 1.000.-, infringieron el art. 2 del DS N° 28701 de 1 de mayo de 2006 porque esta norma además de reconocer los requisitos de una relación laboral, comprende la obligación de pagar la remuneración conforme se encuentra establecido por Ley, e infringiendo también el art. 46 de la Constitución Política del Estado (CPE) porque se le pagó al actor un salario ilegal e injusto, violándole ese derecho que tiene a un trabajo digno por el que se le pague mínimamente un salario mínimo nacional, hecho que no ocurrió en el presente