Auto Supremo AS/0277/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0277/2015

Fecha: 18-Sep-2015

Como se podrá advertir, el tribunal ad quem, independientemente de querer exonerar las obligaciones y

Como se podrá advertir, el tribunal ad quem, independientemente de querer exonerar las obligaciones y responsabilidades de la entidad demandada, pretendió atribuir el actor, el cumplimiento de presupuestos formales relativos a la acreditación, tanto de autorización del horario de trabajo, como el manejo de libros para establecer la carga horaria, cuando en realidad dicho deber era de la entidad empleadora, cuyo representante, en su afán de evitar el pago de los beneficios sociales reclamados, se rehusó presentar libros de asistencia y otros documentos exigidos en el escrito de fs. 53, como la providencia de fs. 54, por lo que, la idea de que el tribunal ad quem haya pretendido exigir al actor la presentación de autorizaciones y libros de asistencia, es un acto jurisdiccional erróneo e indebido, además, el tribunal ad quem, a pesar de haber evidenciado la prestación de trabajos en días domingos y feriados y pretender que dichos trabajos sean prestados de manera gratuita, incurrió en violación de normas previstas en el DS Nº 29010 de 9 de enero de 2007