Mediante Sentencia SAPA/2013 de 9 de enero, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal
Mediante Sentencia SAPA/2013 de 9 de enero, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, en la vía de Procedimiento Abreviado, declaró a Carla Lizzy Willy Ruiz, autora de los delitos de Falsedad Material y Falsedad Ideológica, imponiéndole la pena de tres años de reclusión, argumentando los siguientes aspectos: Que en base al requerimiento de procedimiento abreviado y su procedencia, describe que el 8 de enero de 2013 en horas de la tarde, la imputada fue aprehendida en flagrancia por el policía Ernesto Coimbra Noza, que cumplía servicio de seguridad en la puerta principal de la fiscalía, cuando procedía a la firma de libro de registro de firmas de la oficina de la fiscal Mabel Martínez en su condición de asistente del mencionado despacho; procediéndose a su imputación formal por el Ministerio Público. Que ante la suscripción de acuerdo legal para sometimiento a procedimiento abreviado entre la imputada, su abogado defensor y el Ministerio Público, se admite la autoría de los hechos delictivos sindicados y la renuncia al juicio oral público y contradictorio, admitiendo al mismo tiempo la pena de tres años de reclusión, ratificado en audiencia pública de manera libre y voluntaria de conformidad a lo dispuesto por el art. 373 y 374 del CPP, formando en el juzgador sobre la prudencia, legalidad y pertinencia del juicio abreviado solicitado
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