Auto Supremo AS/0608/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Consiguientemente, tratándose de contratos a plazo fijo, se producirá la tácita reconducción del contrato a

Consiguientemente, tratándose de contratos a plazo fijo, se producirá la tácita reconducción del contrato a tiempo indefinido, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado (RM Nº 283/62 de 13/06/1962) y se producirá la conversión del contrato a plazo fijo por contrato indefinido si concurriesen más de dos contratos sucesivos (art. 2 del DL Nº 16187), siempre que se trate de la realización de labores propias al giro de la Empresa