Auto Supremo AS/0608/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2015

Fecha: 08-Sep-2015

En ese mismo sentido, y estando resuelto acertadamente el tipo de relación laboral que el

En ese mismo sentido, y estando resuelto acertadamente el tipo de relación laboral que el actor tenía con la entidad demandada (a tiempo indefinido), hace también correcta la decisión en cuanto a la compensación económica de las vacaciones por las dos últimas gestiones, en función a la correcta valoración de las literales de fs. 55 a 61 de obrados, de modo que no se encuentra vulneración a los Decretos Supremos Nos. 3150 de 19 de agosto de 1952, 17288 de 18 de marzo de 1980, concordante con la RM Nº 421/52 de 4 de setiembre de 1952, como erróneamente sostiene la entidad recurrente