Auto Supremo AS/0608/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Corresponde precisar al respecto, que el Derecho Laboral se fue nutriendo de la doctrina que

Corresponde precisar al respecto, que el Derecho Laboral se fue nutriendo de la doctrina que contiene principios comunes y directrices que sirven de centro o referencia a la regulación de una determinada institución jurídica, e inspiran el verdadero sentido de las normas con particularidades distintas y diferentes de otras ramas y disciplinas jurídicas, cuya finalidad, no sólo es orientadora e interpretativa; sino que y fundamentalmente, se encuentra destinada a solucionar casos concretos; al efecto, se encuentra el “principio de la continuidad laboral”, positivado en el art. 4.I.b) del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que textualmente dispone: “b) Principio de la Continuidad de la Relación Laboral, donde a la relación laboral se le atribuye la más larga duración imponiéndose al fraude, la variación, la infracción, la arbitrariedad, la interrupción y la sustitución del empleador”, que implica que a toda relación laboral se le debe dar la más larga duración posible ante hechos arbitrarios o vulneratorios de los derechos reconocidos a favor de los trabajadores, velando siempre en lo permisible por la protección de estos