Auto Supremo AS/0623/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2015

Fecha: 08-Sep-2015

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3.Con relación al numeral 3 del segundo considerando, incurrieron en la causal prevista en el art. 153.1 del CPC., al interpretar erróneamente la RND10.00021.04 al atribuirle al Gerente Distrital de la AT facultades de fiscalización, cuando la citada atribución se encuentra establecida en los arts. 2, 8, 12.3 y 18 de la mencionada RND, debido a que las funciones del Gerente de la AT son ejecutivas no fiscalizadoras, por lo que al haber suscrito el procedimiento sancionador habría incurrido en usurpación de funciones