Auto Supremo AS/0623/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2015

Fecha: 08-Sep-2015

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4.Por otra parte menciona el recurrente que se omitió y soslayó el pronunciamiento respecto del parágrafo expuesto en el numeral 3 del primer considerando del Auto de Vista referida a la participación ultrapetita del A quo con relación a la aplicación del art. 27 del DS Nº 27310, incurriendo en lo establecido en el art. 254.4 del CPC.
5.El Auto de Vista incurre en la causal 254.4 del CPC., en relación al numeral 4 de la Resolución mencionada, referida a la aplicación del art. 168 de la Ley 2492 y sus efectos así como a sus consecuencias con relación a los arts. 165 y 157 del CT, infringiendo además el principio de congruencia, al haber considerado en el numeral 2 del segundo considerando, sobre un aspecto diferente al formulado en el recurso de apelación, al manifestarse respecto de la fecha de presentación de la demanda y la aplicación de la Ley Nº 1340, no siendo aquello evidente debido a que la presentación de la demanda contenciosa se efectuó en vigencia de la Ley Nº 2492