Auto Supremo AS/0623/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Sobre el particular, conforme se tiene ya expuesto, el Tribunal de apelación concluyó que “no

Sobre el particular, conforme se tiene ya expuesto, el Tribunal de apelación concluyó que “no consta la existencia de un plan de facilidades vigente a favor de la empresa”, aspecto que no debe confundirse con los pagos parciales que se hubiesen realizado al contribuyente por las DDJJ rectificatorias correspondiente a la gestión 2004, por cuanto las mismas no obedecen a un plan de pagos que hubiese otorgado la AT