Auto Supremo AS/0628/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0628/2015

Fecha: 08-Sep-2015

El art

El art. 65 de la Ley Nº 2492, respecto al principio de presunción de legitimidad establece que: “Los actos de la Administración Tributaria por estar sometidos a la Ley se presumen legítimos y serán ejecutivos, salvo expresa declaración judicial en contrario emergente de los procesos que este Código establece”; este principio prevé que los actos de la administración Tributaria se presumen legítimos hasta tanto no sean declarados nulos por autoridad competente, norma que concuerda con lo dispuesto por el art. 27 de la Ley N°2341 que describe al acto administrativo como “toda declaración, disposición o decisión de la Administración Pública, de alcance general o particular, emitida en ejercicio de la potestad administrativa, normada o discrecional, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la presente Ley, que produce efectos jurídicos sobre el administrado. Es obligatorio, exigible, ejecutable y se presume legítimo”