Como ya fuera expresado precedentemente, no pueden concurrir los elementos descritos por la norma citada,
El art. 1 del DS N° 23570, por su parte, dispone: “De conformidad al Art. 1º de la Ley General del Trabajo que determina, de modo general, los derechos y obligaciones emergentes de trabajo asalariado, constituyen características esenciales de la relación laboral: a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador; b) La prestación de trabajo por cuenta ajena; y c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de sus formas de manifestación.”
Como ya fuera expresado precedentemente, no pueden concurrir los elementos descritos por la norma citada, ya que quedó demostrado documentalmente, que el demandante prestó servicios al Club La Paz en el cargo de Inspector de Turno, cobrando un sueldo por 30 días de trabajo, además de que los fundamentos expuestos en el Auto de Vista no fueron impugnados o contradichos de ninguna manera por el actor. Fundamento que se aplica también en el caso de la supuesta vulneración de los arts. 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, 5 y 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 y 2 de la Ley de 18 de diciembre de 1944 y 9 del DS Nº 28699
Como ya fuera expresado precedentemente, no pueden concurrir los elementos descritos por la norma citada, ya que quedó demostrado documentalmente, que el demandante prestó servicios al Club La Paz en el cargo de Inspector de Turno, cobrando un sueldo por 30 días de trabajo, además de que los fundamentos expuestos en el Auto de Vista no fueron impugnados o contradichos de ninguna manera por el actor. Fundamento que se aplica también en el caso de la supuesta vulneración de los arts. 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993, 5 y 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 y 2 de la Ley de 18 de diciembre de 1944 y 9 del DS Nº 28699
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación interpuesta por Rodolfo Landaeta Arciniega, en representación del Club De La
- El citado Auto de Vista, motivó que Marcos Quiroz Merett, formule el recurso de casación
- c) Acusó también la vulneración del art
- d) Infracción del art
- e) Violación del art
- Por lo expuesto y las pruebas de cargo aparejadas al expediente solicito a los Magistrados
- Corroborando las conclusiones del Auto de Vista la relación de comisionista del actor está al
- En el caso presente, el actor ahora recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por
- En el caso, no se han vulnerado los derechos del trabajador, pues quedó demostrada la
- En virtud de lo anterior, no puede pretenderse la aplicación férrea y vertical del principio
- Por otra parte, si bien se aplica en la materia el principio de inversión de
- El demandante se limitó a invocar la tutela del art
- Como ya fuera expresado precedentemente, no pueden concurrir los elementos descritos por la norma citada,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
