POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de fs.179 a 182, carecen de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, por lo que corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2) y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera, en ejercicio de la atribución conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 179 a 182, interpuesto por Marcos Quiroz Merett. Sin costas
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera, en ejercicio de la atribución conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 179 a 182, interpuesto por Marcos Quiroz Merett. Sin costas
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación interpuesta por Rodolfo Landaeta Arciniega, en representación del Club De La
- El citado Auto de Vista, motivó que Marcos Quiroz Merett, formule el recurso de casación
- c) Acusó también la vulneración del art
- d) Infracción del art
- e) Violación del art
- Por lo expuesto y las pruebas de cargo aparejadas al expediente solicito a los Magistrados
- Corroborando las conclusiones del Auto de Vista la relación de comisionista del actor está al
- En el caso presente, el actor ahora recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por
- En el caso, no se han vulnerado los derechos del trabajador, pues quedó demostrada la
- En virtud de lo anterior, no puede pretenderse la aplicación férrea y vertical del principio
- Por otra parte, si bien se aplica en la materia el principio de inversión de
- El demandante se limitó a invocar la tutela del art
- Como ya fuera expresado precedentemente, no pueden concurrir los elementos descritos por la norma citada,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
