Auto Supremo AS/0642/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0642/2015

Fecha: 23-Sep-2015

En ese sentido, corresponde referir, en cuanto al reclamo de error de derecho en la

En ese sentido, corresponde referir, en cuanto al reclamo de error de derecho en la apreciación de la prueba cursante de fs. 46 a 47 de obrados, relativas a las declaraciones testificales de descargo, que de manera uniforme sostendrían que el demandante habría abandonado su fuente laboral, que tal afirmación no resulta evidente, toda vez que de la revisión de los antecedentes de hecho se observa que entre la parte empleadora y el actor tuvieron una discusión en fecha 25 de noviembre de 2011, que también fue manifestada por los testigos de descargo, hecho en el que se produjo la ruptura de la relación laboral, y a cuya consecuencia se presentó el trabajador en fecha 6 de diciembre de 2011 en la Empresa, con la liquidación correspondiente y recién en fecha 8 de diciembre se le notificó con una nota donde señalan que al haber tenido una inasistencia injustificada por más de 7 días, se entendería un abandono de trabajo con las consecuencias establecidas por el art. 16 de la LGT