Auto Supremo AS/0643/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0643/2015-RA-L

Fecha: 18-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a las acusaciones pública (fs. 2 a 4 vta.) y particular (fs. 11 a 13), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia de 01 de abril de 2011 (fs. 100 a 103 vta.); por la que, declaró al imputado Rod Richart Revollo Bernal, autor y responsable del delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado por el art. 271 segundo párrafo del CP, condenándolo a una pena de dos años de reclusión, más el pago de daños, perjuicios y costas a favor de la parte acusadora y/o víctima averiguables en ejecución de sentencia; por otra parte, en cumplimiento del art. 365 segundo párrafo y en observancia del art. 368 ambos del Código de Procedimiento Penal (CPP), se le concede el beneficio del Perdón Judicial