Auto Supremo AS/0656/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2015

Fecha: 23-Sep-2015

•Señala que la relación laboral entre Julio Auza Durán y Olga Liliana Blacutt vda

•Señala que la relación laboral entre Julio Auza Durán y Olga Liliana Blacutt vda. de Conzelman está probada de acuerdo a la Escritura Pública Nº 331/2003 de constitución de sociedad accidental (fs.82-83), el contrato de obra (fs.93-95) y el contrato colectivo (fs. 103 a 106). Con ello –aduce- se prueba que la demandada habría encubierto una relación laboral en contrasentido a lo previsto por el art. 5 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006