El Auto de Vista recurrido a otorgado más allá de lo pedido en el recurso
I.1.1.3 En la forma
El Auto de Vista recurrido a otorgado más allá de lo pedido en el recurso de apelación, ya que los Vocales de la Sala Penal y administrativa ingresan a un análisis de fechas, y las fechas y formas del contrato modificatorio y de manera inexplicable ingresan a pretender justificar la ausencia de fundamentación de la Sentencia, sin que la parte apelante solicite de manera expresa este extremo, actuando al margen de lo solicitado en la apelación extralimitándose en su análisis y estudio de lo planteado en apelación, debiendo circunscribirse únicamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de apelación y fundamentación, tal cual establece el art. 236 del CPC el cual fue inobservado por los Vocales
El Auto de Vista recurrido a otorgado más allá de lo pedido en el recurso de apelación, ya que los Vocales de la Sala Penal y administrativa ingresan a un análisis de fechas, y las fechas y formas del contrato modificatorio y de manera inexplicable ingresan a pretender justificar la ausencia de fundamentación de la Sentencia, sin que la parte apelante solicite de manera expresa este extremo, actuando al margen de lo solicitado en la apelación extralimitándose en su análisis y estudio de lo planteado en apelación, debiendo circunscribirse únicamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de apelación y fundamentación, tal cual establece el art. 236 del CPC el cual fue inobservado por los Vocales
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Winzor Arze Daza en representación de Toyosa S
- Dicha resolución, motivó los recursos de casación de fs
- El recurso traído a casación señala
- c) Continua indicando que el Auto de Vista omite la aplicación del art
- El recurrente como fundamentación de su recurso señala
- Continua refiriendo el art
- El Auto de Vista recurrido a otorgado más allá de lo pedido en el recurso
- Concluye indicando que tienen a bien presentar el recurso de casación en el fondo y
- CONSIDERANDO II
- Resulta imperioso advertir en razón al contenido del recurso que se analiza, que el instituto
- El recurso traído a casación omite subsumir sus observaciones al Auto de Vista de 30
- Por todo ello resulta imperativo para este Tribunal aclarar que ante la formalidad y seriedad
- En el contexto señalado, al no haber cumplido el recurrente con la especificación de causal
- II.1.2 Recurso de casación en la forma de Leopoldo Fernández Ferreira
- En relación a la controversia de la nulidad de obrados determinada por el Tribunal de
- De compulsa de los datos del proceso se evidencia que mediante Sentencia N° 01/2014, la
- Dicha Sentencia fue apelada por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando exponiendo los agravios sufridos
- De la atenta revisión del aludido Auto de Vista - ahora recurrido -, se advierte
- En ese contexto, del análisis de los fundamentos en los que se basa el Auto
- Consiguientemente, se establece que, la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando,
- Se aclara que en mérito a la nulidad dispuesta no corresponde ingresar a resolver aspectos
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
