VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Winzor Arze Daza en representación de Toyosa S
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 657
Sucre, 23 de septiembre 2015
Expediente: 201/2015-A
Demandante: Gobierno Autónomo Departamental de Pando
Demandada: Leopoldo Fernández Ferreira y otros
Distrito: Pando
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Winzor Arze Daza en representación de Toyosa S.A. de fs. 540 a 541 vta., y en el fondo y la forma interpuesto por Leopoldo Fernández Ferreira de fs. 543 a 548, contra el Auto de Vista de 30 de marzo de 2015 de fs. 531 a 533 vta., pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso Coactivo Fiscal seguido por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando contra Leopoldo Fernández Ferreira, Pedro Gómez Montero, Eldon Rivera Meireles y Toyosa S.A., la respuesta de fs. 550 a 553, el Auto que concedió el recurso de fs. 554, los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del Proceso
I.1.1 Sentencia
Que, en la tramitación del proceso coactivo fiscal, la Juez Administrativa Coactiva Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Pando, pronuncio Sentencia N° 01/2014 de 19 de enero de fs. 509 a 515, declarando improbada la demanda, dejando sin efecto la Nota de Cargo N° 64/2014 por Bs. 100.464.- girada en contra de Leopoldo Fernández Ferreira y otros., y Probada la excepción de falta de Fuerza Coactiva en el Instrumento Base de la Demanda Improbada la excepción de pago., levantarse todas las medidas precautorias dispuestas en su contra.
I.1.2 Auto de vista
Interpuesto el recurso de apelación, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dictó el Auto de Vista de 30 de marzo de 2015 de fs. 531 a 533vta., que ANULO la Sentencia N° 01/2014 de 19 de enero
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 657
Sucre, 23 de septiembre 2015
Expediente: 201/2015-A
Demandante: Gobierno Autónomo Departamental de Pando
Demandada: Leopoldo Fernández Ferreira y otros
Distrito: Pando
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Winzor Arze Daza en representación de Toyosa S.A. de fs. 540 a 541 vta., y en el fondo y la forma interpuesto por Leopoldo Fernández Ferreira de fs. 543 a 548, contra el Auto de Vista de 30 de marzo de 2015 de fs. 531 a 533 vta., pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso Coactivo Fiscal seguido por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando contra Leopoldo Fernández Ferreira, Pedro Gómez Montero, Eldon Rivera Meireles y Toyosa S.A., la respuesta de fs. 550 a 553, el Auto que concedió el recurso de fs. 554, los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del Proceso
I.1.1 Sentencia
Que, en la tramitación del proceso coactivo fiscal, la Juez Administrativa Coactiva Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Pando, pronuncio Sentencia N° 01/2014 de 19 de enero de fs. 509 a 515, declarando improbada la demanda, dejando sin efecto la Nota de Cargo N° 64/2014 por Bs. 100.464.- girada en contra de Leopoldo Fernández Ferreira y otros., y Probada la excepción de falta de Fuerza Coactiva en el Instrumento Base de la Demanda Improbada la excepción de pago., levantarse todas las medidas precautorias dispuestas en su contra.
I.1.2 Auto de vista
Interpuesto el recurso de apelación, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dictó el Auto de Vista de 30 de marzo de 2015 de fs. 531 a 533vta., que ANULO la Sentencia N° 01/2014 de 19 de enero
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Winzor Arze Daza en representación de Toyosa S
- Dicha resolución, motivó los recursos de casación de fs
- El recurso traído a casación señala
- c) Continua indicando que el Auto de Vista omite la aplicación del art
- El recurrente como fundamentación de su recurso señala
- Continua refiriendo el art
- El Auto de Vista recurrido a otorgado más allá de lo pedido en el recurso
- Concluye indicando que tienen a bien presentar el recurso de casación en el fondo y
- CONSIDERANDO II
- Resulta imperioso advertir en razón al contenido del recurso que se analiza, que el instituto
- El recurso traído a casación omite subsumir sus observaciones al Auto de Vista de 30
- Por todo ello resulta imperativo para este Tribunal aclarar que ante la formalidad y seriedad
- En el contexto señalado, al no haber cumplido el recurrente con la especificación de causal
- II.1.2 Recurso de casación en la forma de Leopoldo Fernández Ferreira
- En relación a la controversia de la nulidad de obrados determinada por el Tribunal de
- De compulsa de los datos del proceso se evidencia que mediante Sentencia N° 01/2014, la
- Dicha Sentencia fue apelada por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando exponiendo los agravios sufridos
- De la atenta revisión del aludido Auto de Vista - ahora recurrido -, se advierte
- En ese contexto, del análisis de los fundamentos en los que se basa el Auto
- Consiguientemente, se establece que, la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando,
- Se aclara que en mérito a la nulidad dispuesta no corresponde ingresar a resolver aspectos
- En cumplimiento a lo previsto por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
