Auto Supremo AS/0669/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

A más de lo señalado, en este inciso también se reclama que no obstante haber


El inc. 2) del motivo analizado, de igual modo que en el anterior inciso, hace alusión a que no sería evidente que se hubiere rehusado a realizar la inspección en el lugar, puesto que hay prueba en contrario, que demuestra que dicho actuado procesal se cometieron agresiones a los funcionarios municipales, error que señala que debe ser corregido por el Tribunal de alzada en la vía de saneamiento, asegurando que se acoja a la norma procesal. De lo relatado, no es posible identificar el agravio en sí, y menos que se hubiere contrastado con los precedentes contradictorios, señalados de manera abstracta en la última parte del memorial del recurso.

A más de lo señalado, en este inciso también se reclama que no obstante haber solicitado exclusión de la querella, presentada como prueba documental y haber hecho reserva de apelación restringida, se la admitió y valoró, incidiendo en el resultado final de la Sentencia, lo que a su decir, acarrea defectos o nulidades establecidas en el art. 169 inc. 3) del CPP. Con relación a lo cual, se denota que la denuncia ataca directamente los argumentos de la Sentencia, mas no se demuestra de qué modo, el Auto de Vista ahora impugnado, hubiere incidido en la supuesta nulidad o defecto; como tampoco se invoca precedente alguno y menos se cumple con el canon de contrastación que demuestre la contradicción con lo determinado en el Auto de Vista. Extremos que implican la inadmisibilidad del inciso 2) ahora analizado, por inobservancia de los arts. 416 y 417 del CPP