Auto Supremo AS/0669/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0669/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

Por tanto, se evidencia que el impugnante, en ninguno de los motivos descritos, demostró contradicción


Por tanto, se evidencia que el impugnante, en ninguno de los motivos descritos, demostró contradicción entre el Auto de Vista y los precedentes legales invocados, impidiendo que este órgano cumpla con su labor nomofiláctica de unificación de jurisprudencia ante la ausencia de cita de doctrina legal que permita realizar la labor de contrastación, inobservando lo establecido por los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación