b) Contra la referida Sentencia, el imputado Osvaldo Choque Flores interpuso recurso de apelación restringida
b) Contra la referida Sentencia, el imputado Osvaldo Choque Flores interpuso recurso de apelación restringida (fs. 142 a 145 vta.), resuelto por Auto de Vista 19/2011 de 11 de agosto de “2010” (fs. 169 a 172), dictado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida, interpuesto por el imputado, con relación al delito de Incumplimiento de Deberes, incurso en el art. 154 del CP; y, procedente la excepción de falta de acción tramitada como agravio en la misma apelación restringida, con relación al delito de Ejercicio Indebido de la Profesión incurso en el art. 164 del CP y deliberando en el fondo, revoca parcialmente la Sentencia y dispone: 1) En la vía de saneamiento, anular obrados con relación al delito de Incumplimiento de Deberes hasta que se cite al imputado a prestar su declaración informativa a Osvaldo Choque a efecto que se le tome su declaración informativa sobre el delito de Ejercicio Ilegal de la Profesión, debiendo reconducirse el proceso conforme a procedimiento; y, 2) Se modifica la pena impuesta en la Sentencia de dos años, a un año de privación de libertad con relación al delito de Incumplimiento de Deberes, incurso en el art. 154 del CPP
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Osvaldo Choque Flores interpuso recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Finalmente cita los Autos Supremos 431 de 15 de octubre de 2005, 373 de 6
- El art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación a los motivos denunciados por el recurrente, referidos a la falta de fundamentación
- De la revisión de la denuncia contenida en este primer inciso, se evidencia que el
- Aquí conviene aclarar que, como exigencia de admisibilidad, es imprescindible que el recurso de casación
- A más de lo señalado, en este inciso también se reclama que no obstante haber
- Finalmente el inc
- Por tanto, se evidencia que el impugnante, en ninguno de los motivos descritos, demostró contradicción
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
