Auto Supremo AS/0676/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0676/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Es en ese entendido el Tribunal de Alzada confirmó la valoración probatoria efectuada en Sentencia,

Es en ese entendido el Tribunal de Alzada confirmó la valoración probatoria efectuada en Sentencia, aplicando el DL Nº 16187 en su art. 2, señalando que:”…se evidencia que la actora trabajó en la entidad demandada mediante la suscripción de más de una decena de contratos a plazo fijo y en tareas propias de la empresa, que si bien hubo interrupción en la relación laboral los mismos fueron por pocos días, hecho dio lugar a que la A quo determine la relación a partir del séptimo contrato, o sea a partir del 10 de enero de 2005 hasta el 30 de junio de 2007, fecha de conclusión del último contrato, nos referimos al contrato No. 12, por consiguiente el tiempo de la relación laboral es de 2 años, 4 meses y 17 días” (sic)