Auto Supremo AS/0834/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2015

Fecha: 28-Sep-2015

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2. Acusa la violación del art. 1311 del Código Civil, sin embargo el Tribunal de apelación ha momento de realizar la respectiva revisión y valoración de lo vertido, nuevamente omite subsanar el vicio del que está viciada la Sentencia, puesto que conocerían que el citado artículo es claro al señalar que dichas copias para ser prueba plena y compulsada válidamente en Sentencia, deben encontrarse sujetas a lo estipulado en dicho texto, por lo que mal se puede señalar que ante la falta de objeción, esta automáticamente se convertiría en prueba plena, sin contener los requisitos mínimos señalados en el sustantivo civil, para su plena validez