Auto Supremo AS/0050/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0050/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Por lo expuesto, el recurrente solicita se cite un Auto Supremo en estricta y correcta


El recurrente reclama que el Tribunal de alzada no consideró, la incorrecta valoración de la prueba realizada en Sentencia; por cuanto, se habría fundamentado en la Resolución de rechazo de querella Nº 43/2008 de 14 de noviembre, signada como prueba número uno; la nota de 3 de junio de 2008, dirigida a la mesa Defensorial de los Yungas, signada como prueba número dos; y, la nota de 30 de julio de 2008, signada como prueba número tres, que no habrían sido acreditadas por qué medios idóneos o lícitos fueron obtenidas, y precisamente por ello alega que solicitó su exclusión, señalando al efecto el Tribunal de apelación, que el medio o modo de obtención de las pruebas documentales incorporadas a juicio no eran necesarias que eran intrascendentes; además, que su persona no habría acreditado la ilicitud de las mismas y menos demostrado la norma legal transgredida, criterio que considera el recurrente, sería contrario al Auto Supremo 337 de 1 de julio de 2010; toda vez, que quien pretende presentar una prueba debería acreditar el medio legal de su obtención, resultando su ausencia un óbice legal para su valoración al carecer de eficacia, conforme prevén los arts. 13, 171 y 172 del Código de Procedimiento Penal (CPP); en consecuencia, la Sentencia no obedecería a los marcos legales de racionalidad y equidad, originando lesión a sus derechos y garantías fundamentales; por cuanto, las referidas pruebas sirvieron para la emisión de la Sentencia condenatoria en su contra.

I.1.2. Petitorio

Por lo expuesto, el recurrente solicita se cite un Auto Supremo en estricta y correcta aplicación de la Ley dictando la casación o nulidad del Auto de Vista y la Sentencia por haber realizado una incorrecta valoración de las pruebas