Auto Supremo AS/0059/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Finalmente respecto al reclamo de la existencia del defecto de Sentencia previsto en el num


Finalmente respecto al reclamo de la existencia del defecto de Sentencia previsto en el num. 6) del art. 370 del CPP sobre una eventual defectuosa valoración de la prueba por el Tribunal de Sentencia inferior, se ha podido percibir que la apelante pretende que este Tribunal de Alzada vuelva a valorar la declaración testifical de Nelson Condori Jiménez y las pruebas documentales de cargo y de descargo, lo que no corresponde en el actual sistema penal…. El Tribunal de Alzada no puede controlar la valoración de la prueba como proceso interno del Juez o del Tribunal de Sentencia, sino lo único que puede controlar es la expresión que de ese proceso han hecho dichos jueces, en la fundamentación de la resolución. En tal virtud, el control se limita a determinar si esa expresión o fundamentación de la valoración de la prueba ha seguido los pasos lógicos aceptados como propios de un pensamiento correcto…”