Auto Supremo AS/0059/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Por lo señalado precedentemente, tomando en cuenta el efecto extensivo previsto en el Art


Por lo señalado precedentemente, tomando en cuenta el efecto extensivo previsto en el Art. 397 del CPP, debe condenarse a las imputadas Lourdes Condori Ramos y Celestina Panozo Rodríguez por el delito de Transporte de Sustancias Controladas, tipificado por el Art. 55 de la Ley 1008. Ahora bien, para la modificación de la calificación jurídica, se impone una limitación al principio del “iura novit curia” en sentido de que se puede modificar la calificación sustentada por la acusación siempre y cuando la nueva subsunción jurídica del hecho corresponda a normas penales tuteladoras de bienes jurídicos homogéneos, lo que equivale a decir que, en sentencia, no podría condenarse por delito distinto cuando éste conlleve una heterogeneidad del bien jurídico protegido. En tal sentido, se impone la modificación de la anterior calificación jurídica por una nueva que consiste en atribuir responsabilidad penal a las imputadas por el delito típicamente descrito en el Art. 55 de la Ley 1008